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8 desafíos que enfrenta el factoring en Perú y cómo superarlos

En el 2015, Perú dio un paso enorme: transformar la factura comercial en un título valor.

Lo hizo con una ley que buscaba democratizar el acceso al financiamiento para miles de empresas.

En esa ley, en mi opinión, lo más importante fue la creación del Registro de Empresas de Factoring, una medida que marcó el nacimiento de una nueva industria fuera del sistema financiero tradicional.

Estamos a pocas semanas de celebrar el aniversario de esta industria, en reconocimiento a la publicación de la Ley N.º 30308 que consolidó el nacimiento del factoring en el Perú.

Hoy, en 2025, esa ley sigue vigente. Pero mientras su espíritu era el de abrir puertas, muchos empresarios sienten que siguen chocando con muros. ¿Qué pasó?

No fue la ley, fue su ejecución.

Un marco legal sólido... pero subutilizado

Desde la Ley N.º 29623 y su fortalecimiento con la Ley N.º 30308, el marco legal peruano ha permitido que las facturas puedan ser negociadas, transferidas y ejecutadas judicialmente si no son pagadas.

Incluso el Decreto de Urgencia 013-2020 introdujo herramientas digitales como la conformidad expresa o presunta, con la esperanza de dar más liquidez a las MIPYMEs.

Pero en la práctica, muchos de estos mecanismos no se aplican como deberían. Y eso ha generado un terreno lleno de incertidumbre para proveedores, adquirientes, factores y hasta para el propio Estado.

¿Dónde está el cuello de botella?

1. Notas de crédito que anulan facturas ya negociadas

El Decreto de Urgencia Nro. 013-2020, en sus artículos 7 y 10, regula la conformidad expresa o presunta de las facturas, pero no blinda completamente contra anulaciones, incluso cuando ya han sido cedidas.

Si bien es posible ejecutar el cobro del título valor a través de un proceso civil, en casos de fraude las empresas de factoring enfrentan un gran riesgo: encontrarse con notas de crédito emitidas por facturas negociadas fraudulentamente, sin recibir una notificación a tiempo por CAVALI o SUNAT.

Ambas plataformas que son parte del proceso del proceso de negociación, no reportan esta información.

Lamentablemente, muchas veces el fraude se descubre recién al momento de intentar cobrar al vencimiento, dejando a las empresas de factoring en una posición vulnerable.

En conclusión, existen dos mundos divorciados la factura negociable y la factura comercial (comprobante de pago electrónico).


2. Adquirientes que se resisten a confirmar facturas

Algunos compran, reciben y pagan, pero no dan conformidad en el sistema de SUNAT, creyendo equivocadamente que así evitan que la factura circule. Sin embargo, según el Decreto de Urgencia N.º 013-2020, artículo 7, si no hay manifestación expresa de disconformidad en un plazo de 8 días calendario, la factura se considera conforme de forma presunta, con carácter irrevocable.

Al evitar esta confirmación formal, el adquiriente pierde la oportunidad de advertir errores, facturas duplicadas o incluso operaciones fraudulentas.

Otros adquirientes condicionan sus procesos o políticas de conformidad a mecanismos internos fuera del marco legal, estableciendo procedimientos que no se encuentran en la norma. El resultado es el mismo: se genera inseguridad para todos los participantes del proceso, se frena la circulación del título valor, y se ralentiza el desembolso para la pyme.

La falta de fiscalización frente a estas prácticas debilita el propósito original: darle fluidez al factoring en el Perú.


3. Falta de integración entre SUNAT y CAVALI, junto con las intermitencias de ambas plataformas

A pesar de contar con herramientas tecnológicas, la falta de interoperabilidad efectiva entre SUNAT y CAVALI impide que la información fluya de manera sincronizada.

Esto significa que, ante una anulación por nota de crédito o modificación de una factura, los actores del sistema no reciben alertas en tiempo real. La consecuencia es crítica: muchas facturas ya negociadas pueden quedar expuestas a cancelaciones sin que el tenedor tenga conocimiento, afectando la trazabilidad, y debilitando la confianza en el sistema.

Otra de las causas no tan visible, pero con impacto no menor que afecta la ejecución del factoring, es la intermitencia de los sistemas tecnológicos involucrados.

Las plataformas clave de conformidad de SUNAT y el sistema Factrack de CAVALI sufren caídas operativas cada cierto tiempo. Estas interrupciones impiden registrar conformidades, anotar facturas o validar cesiones, dejando a miles de operaciones en pausa o sin concretarse.

En Genera Factoring, por ejemplo, usamos herramientas como Monday que ofrecen un panel de estado público y en tiempo real.

Esto permite a los usuarios ver si un sistema está caído, si hay retrasos o si todo funciona con normalidad. ¿Por qué no hacer algo similar en SUNAT y CAVALI? Un panel de transparencia como este permitiría anticipar problemas, gestionar expectativas y reducir la incertidumbre de los actores del factoring.

La tecnología ya existe; lo que falta es planificar implementarla.


4. Confirming que limita la libertad del proveedor

Antes de la existencia de la Ley de la Factura Negociable, el factoring bancario ya operaba bajo un modelo conocido como confirming.

En este esquema, el adquiriente es cliente del banco y tiene el control casi total del proceso.

El proveedor no elige con quién negociar su factura; simplemente recibe una oferta del banco del adquiriente, quien actúa como intermediario y financiador.

Esto cambia la esencia del factoring: empoderar al proveedor para decidir con quién desea negociar sus cuentas por cobrar. Hoy, a pesar del marco legal vigente, este modelo se sigue replicando en muchas grandes empresas bajo diferentes formatos, donde se canaliza el proceso de confirmación y cesión exclusivamente a través de su banco.

Esto no solo restringe la competencia, sino que impone condiciones poco transparentes y reduce la posibilidad de elegir de la MYPE. En la práctica, se impone un sistema que prioriza los intereses del adquiriente y de su banco, dejando de lado el derecho del proveedor a elegir libremente.

Este es un tema que requiere una profunda revisión, involucrando a un regulador que, hasta ahora, no ha tenido un papel activo en la industria del factoring: Indecopi.


5. Falta de adecuación operativa del sistema financiero al Decreto de Urgencia 013-2020, la doble negociación

El sistema financiero, en particular las entidades bancarias, no ha terminado de adaptar sus operaciones al marco del Decreto de Urgencia 013-2020.

Esto ha generado un vacío operativo: existen casos en los que las facturas negociadas a través del sistema financiero no se registran en el sistema de anotación en cuenta de CAVALI (FACTRACK).

Al no quedar registradas, no se actualiza la trazabilidad del título valor, lo que abre la puerta a un riesgo grave: la doble negociación de una misma factura.

Esto significa que un proveedor podría, intencionalmente o por error, volver a negociar esa factura con otra empresa de factoring, sin que el nuevo tenedor pueda verificar que ya ha sido cedida previamente.

Aunque este problema se está abordando mediante un plan entre empresas de factoring, bancos y CAVALI, es crucial establecer una fecha límite para que el sistema financiero complete la adecuación al 100%.


6. Procesos judiciales lentos y poco eficientes para ejecutar el título valor

Uno de los principales valores de la factura negociable es su carácter de título valor con mérito ejecutivo.

Sin embargo, en la práctica, los procesos judiciales de cobranza no ofrecen la rapidez que requiere una herramienta financiera como el factoring.

Los juicios ejecutivos muchas veces se extienden por meses o incluso años, debido a la sobrecarga del sistema judicial, la falta de especialización de algunos juzgados, o las tácticas dilatorias de los deudores.

El factoring necesita velocidad, y hoy el Poder Judicial no la garantiza.


7. Factoring con el Estado: Una promesa aún incumplida

A pesar de que el marco legal permite el uso de la factura negociable como título valor, en la práctica, el factoring con entidades públicas es casi imposible.

Las entidades estatales no han adecuado sus procedimientos internos para facilitar la cesión de facturas, lo que hace prácticamente inviable la operación de factoring.

Además, si surge un problema con el pago por parte de una entidad pública, las empresas de factoring no puede ejercer el mérito ejecutivo de la factura negociable. Es decir, la característica principal del título valor se pierde, dejando al factor sin una herramienta efectiva para reclamar el cobro.

Este escenario no solo desincentiva el uso del factoring con el Estado, sino que también contradice el objetivo de la ley de promover el acceso al financiamiento para las MYPE.

Es necesario que las entidades públicas implementen procedimientos que permitan la cesión efectiva de facturas y que se garantice el ejercicio del mérito ejecutivo en caso de incumplimiento.


8. Ausencia de sanción real a malas prácticas

Hoy, si un adquiriente pone “disconforme” sin sustento, o si no respeta el plazo de 8 días establecido por el Decreto de Urgencia N.º 013-2020, simplemente no ocurre nada.

La normativa contempla claramente este proceso: pasado el plazo, si no hay observaciones, la factura adquiere conformidad presunta.

Sin embargo, en la práctica, muchos adquirientes no siguen esta obligación sin enfrentar consecuencia alguna. Aún más preocupante es que luego de casi 10 años existen muy pocas empresas multadas por malas prácticas, es probable que no existan los recursos ni equipo necesario para aplicar las sanciones de manera eficiente, por lo tanto, un mecanismo institucional débil no corregirá este problema.

Si PRODUCE no fiscaliza activamente este comportamiento, la norma se convierte en letra muerta.

Para consolidar un mercado, es urgente establecer mecanismos de control real y sanción efectiva ante el incumplimiento de los plazos y formalidades del proceso de conformidad.

Entonces... ¿Qué necesita el factoring para crecer?

Un entorno digital más sólido, regulación, respeto y adecuación a la norma vigente y mayor colaboración entre actores del sistema.

El factoring es una herramienta poderosa. No es un crédito. Es un adelanto de dinero basado en una venta real. Es liquidez inmediata. Es libertad para las pymes. Pero su potencial se ve limitado cuando la ejecución falla.

En Genera creemos en un factoring transparente, inclusivo y eficiente que contribuya al desarrollo económico de las empresas peruanas.

Porque el factoring sí funciona. Solo necesitamos hacerlo funcionar bien.

Alejandro Niquen
Socio fundador y CEO de Genera Factoring (Sociedad Administradora de Fondos de Inversión); Miembro fundador y Past President de APEFAC (Asociación Peruana de Factoring); Coach Financiero Patrimonial.